Sociedad offshore: qué es legal para un residente en España
Tener una sociedad en otro país es legal para un residente fiscal en España. La ley española regula el resultado: si usted la controla y paga poco impuesto, su renta pasiva se imputa en su IRPF (art. 91 LIRPF); si se dirige desde España, la sociedad es residente aquí (art. 8.1 LIS); y si está en una jurisdicción no cooperativa, Hacienda presume que su renta es imputable. Revisamos qué estructura se sostiene con su actividad real y la montamos en una jurisdicción que resista esa revisión.
- Territorios
- 18
- Última reforma
- Orden HAC/649/2026
- En vigor
- 28/06/2026
- Presunción TFI
- 15 % del coste
- Revisión
- 99 $ US
Qué es offshore para Hacienda
La ley española usa el término jurisdicción no cooperativa, antes paraíso fiscal (disposición adicional primera de la Ley 36/2006, reformada por la Ley 11/2021). Una sociedad en un país de baja tributación fuera de esa lista sigue sometida a las reglas generales: TFI y sede de dirección. Una sociedad dentro de la lista soporta además presunciones en contra.
Para usted, la palabra offshore describe un riesgo concreto: sociedad sin medios propios, impuesto bajo o nulo y dirección real desde España. Con esas tres notas, la renta acaba tributando en España igualmente, con la carga de la prueba invertida.
La lista española de 2026
La Orden HFP/115/2023 fija la lista. La Orden HAC/649/2026, en vigor desde el 28 de junio de 2026, retiró a Barbados, Dominica, Gibraltar, Samoa, Seychelles y Trinidad y Tobago, y añadió el régimen ruso de international holding companies con efecto desde el 28 de diciembre de 2026. Hoy figuran:
- Anguila, Bahréin, Bermudas y Fiji
- Guam, Guernsey, Isla de Man y Jersey
- Islas Caimán, Islas Malvinas, Islas Marianas e Islas Salomón
- Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas e Islas Vírgenes de EE.UU.
- Palaos, Samoa Americana y Vanuatu
- Federación de Rusia, solo por el régimen de international holding companies, desde el 28/12/2026
Qué cambia si la sociedad está en la lista
Presunciones en su IRPF
Se presume que la sociedad tributa por debajo del 75 %, que sus rentas son pasivas y que su renta es el 15 % del valor de adquisición de su participación (art. 91.12 LIRPF). Admiten prueba en contrario. El impuesto pagado allí por el reparto de dividendos no se deduce de la cuota española (art. 91.9 LIRPF).
Residencia presunta en España
Si sus activos principales están en España o su actividad principal se desarrolla aquí, Hacienda puede presumir que es residente en España (art. 8.1 LIS).
Si usted se muda allí
Un español que traslada su residencia a la lista sigue siendo contribuyente del IRPF el año del cambio y los cuatro siguientes (art. 8.2 LIRPF), y Hacienda puede exigirle probar 183 días de permanencia (art. 9.1.a).
Estructuras que se sostienen
Lo que sí funciona para un residente en España, con la regla que lo respalda.
Sociedad operativa con medios en destino
Oficina, personal y dirección reales fuera de España: la TFI queda limitada a la renta pasiva (art. 91.3 LIRPF) y la sede de dirección está fuera.
Caso Dubái →Sociedad europea con actividad
Una sociedad de la UE con actividad económica acreditada queda fuera de la TFI (art. 91.14 LIRPF).
Caso Estonia →LLC declarada como tal
Una LLC que España califica como entidad en atribución de rentas tributa en su IRPF año a año, sin diferimiento.
Caso LLC →Cambio real de residencia
Usted se muda: menos de 183 días en España, intereses y familia fuera, y el impuesto de salida revisado antes (art. 95 bis LIRPF).
Residencia fiscal →Estructuras que Hacienda desmonta
Cada una cae por una regla concreta:
- Sociedad en Islas Vírgenes Británicas o Caimán que factura servicios que usted presta desde España: sede de dirección en España (art. 8.1 LIS) y presunciones de TFI (art. 91.12 LIRPF)
- Director nominal en el extranjero mientras usted firma y decide desde España: la sede de dirección está donde se decide (art. 8.1 LIS)
- Cuenta en el extranjero a nombre de la sociedad sin Modelo 720 del titular real: la obligación alcanza al titular real (RGAT art. 42 bis)
- Holding sin medios que cobra dividendos o royalties de su sociedad española: renta total imputada por falta de medios (art. 91.2 LIRPF)
Offshore y España por la norma
| Norma | Qué dice, octubre de 2026 | Fuente |
|---|---|---|
| Lista de jurisdicciones no cooperativas | Anguila, Bahréin, Bermudas, Fiji, Guam, Guernsey, Isla de Man, Islas Caimán, Islas Malvinas, Islas Marianas, Islas Salomón, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes de EE.UU., Jersey, Palaos, Samoa Americana y Vanuatu. Desde el 28 de diciembre de 2026, también el régimen de international holding companies de Rusia | Orden HFP/115/2023, mod. Orden HAC/649/2026 |
| Transparencia fiscal internacional (personas) | Se imputa en su IRPF la renta de la sociedad no residente si usted, solo o con vinculados y familiares hasta el segundo grado, tiene el 50 % o más, y el impuesto pagado fuera es inferior al 75 % del que correspondería en España | LIRPF art. 91.1 |
| Sin medios materiales y personales | Se imputa la renta total de la sociedad. Con medios propios, solo las rentas pasivas del art. 91.3 (dividendos, intereses, cesión de inmuebles, propiedad intelectual, servicios a vinculadas en España que allí son gasto deducible, entre otras), y no se imputan si suman menos del 15 % de la renta total, salvo las de la letra i) | LIRPF art. 91.2–91.4 |
| Sociedad en jurisdicción no cooperativa | Se presume que tributa por debajo del 75 %, que sus rentas son pasivas y que su renta es el 15 % del valor de adquisición de la participación, salvo prueba en contrario. El impuesto pagado allí sobre dividendos no se deduce | LIRPF art. 91.9 y 91.12 |
| Sociedad en la UE o el EEE | La TFI no se aplica si usted acredita que la sociedad realiza actividades económicas | LIRPF art. 91.14 |
| Residencia de la sociedad | Es residente en España la entidad con sede de dirección efectiva en España: cuando aquí radica la dirección y el control del conjunto de sus actividades | LIS art. 8.1 |
| Sociedad en territorio de nula tributación | Hacienda puede presumir que es residente en España si sus activos principales están en España o su actividad principal se desarrolla aquí, salvo que acredite dirección efectiva fuera y motivos económicos válidos | LIS art. 8.1, último párrafo |
| Español que se traslada a la lista | Sigue siendo contribuyente del IRPF el año del cambio y los cuatro siguientes | LIRPF art. 8.2 |
| Prueba ante una jurisdicción no cooperativa | Si la nueva residencia está en un país o territorio de la lista, Hacienda puede exigir que se pruebe la permanencia allí durante 183 días del año natural | LIRPF art. 9.1.a |
| Modelo 720 | Declaración de cuentas, valores, seguros e inmuebles en el extranjero, también como titular real. Cuentas: obligatoria si los saldos a 31 de diciembre o los saldos medios del último trimestre superan conjuntamente 50.000 €. Plazo: 1 de enero a 31 de marzo | LGT DA 18ª; RGAT art. 42 bis |
| Monedas virtuales fuera de España | Las custodiadas por proveedores en el extranjero se declaran aparte del Modelo 720 (Modelo 721) | LGT DA 18ª.1.d; AEAT |
Comprobado el 28 de octubre de 2026. Nuestros honorarios quedan fuera de esta tabla: dependen del alcance y figuran en la propuesta escrita.
Cómo lo llevamos
Constitución desde US$ 1 800, según la jurisdicción. El paquete Inicio en el extranjero (constitución, banca esencial y cumplimiento inicial) desde 3.500 $ US, en 4–6 semanas. El mantenimiento anual INNOVA Care · Soporte anual desde 4.800 $ US/año · desde 400 $ US/mes. La revisión estratégica con un socio cuesta 99 $ US · se descuenta de su proyecto. El precio final queda fijado por escrito tras revisar el caso.
Residencia, control y renta
Dónde vive usted y su familia, quién controla la sociedad, qué renta generará y con qué medios en la jurisdicción elegida. Esto decide si la TFI y la sede de dirección son un riesgo antes de constituir nada.
Forma y jurisdicción
Elegimos la forma jurídica, los socios y quién administra. Con un esquema escrito que su asesor fiscal en España revisa antes de firmar.
Estructura existente
Si ya tiene una sociedad fuera, revisamos residencia, medios, dirección y declaraciones, y proponemos el cambio: traslado de sede, sustancia, liquidación o reorganización.
Cuenta de empresa
Preparamos el expediente de cumplimiento que pide el banco. La apertura la decide el banco tras su revisión, por eso nunca la prometemos.
Dónde se decide
Actas, firmas y poderes alineados con el lugar real de dirección. Es la prueba que Hacienda mira para el art. 8.1 LIS.
Expediente para su asesor fiscal
Cuentas anuales, balance y datos de administradores en el formato que piden el IRPF (art. 91.11 LIRPF) y el Modelo 720. Lo coordinamos con su asesor fiscal en España.
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Preguntas frecuentes
Sí. Lo que la ley regula son sus efectos: TFI en su IRPF si la controla y paga menos del 75 % del impuesto español (art. 91 LIRPF), residencia en España de la sociedad si se dirige desde aquí (art. 8.1 LIS) y declaración de cuentas y valores en el Modelo 720.
La lista de jurisdicciones no cooperativas de la Orden HFP/115/2023, modificada por la Orden HAC/649/2026: Anguila, Bahréin, Bermudas, Fiji, Guam, Guernsey, Isla de Man, Islas Caimán, Islas Malvinas, Islas Marianas, Islas Salomón, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes de EE.UU., Jersey, Palaos, Samoa Americana y Vanuatu, más el régimen ruso de international holding companies desde el 28/12/2026.
Gibraltar salió de la lista con la Orden HAC/649/2026, en vigor desde el 28 de junio de 2026, junto con Barbados, Dominica, Samoa, Seychelles y Trinidad y Tobago. Las reglas generales de TFI y sede de dirección siguen aplicándose a una sociedad allí.
Ninguno figura en la lista española. Una sociedad en ellos queda sometida a las reglas generales: TFI si usted la controla y paga poco impuesto, y residencia en España si se dirige desde aquí.
La Ley 5/2022 eliminó el régimen sancionador propio del Modelo 720 tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 27 de enero de 2022 (asunto C-788/19). El incumplimiento se sanciona hoy con el régimen general de la Ley General Tributaria, y la obligación de declarar sigue vigente.
La revisión estratégica con un socio cuesta 99 $ US · se descuenta de su proyecto. La reorganización posterior se presupuesta por escrito según el alcance.
Empiece con una línea sobre su tarea
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